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portal ciudadano informe atencion a lapoblacion xxx sesion ordinaria junio2022

 

Para lograr un mayor entendimiento por parte de los delegados sobre el cumplimiento de esta actividad en el municipio, resulta imprescindible ponerlos en contexto sobre la conceptualización del sistema de atención a la población que se ha diseñado en nuestro País, en correspondencia con el artículo 61 de la Constitución de la Republica, el cual expresa:

Artículo 61:  Las personas tienen derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades, las que están obligadas a tramitarlas y dar las respuestas oportunas, pertinentes y fundamentadas en el plazo y según el procedimiento establecido en la ley.

 

Ultimos comentarios publicados

  • 4 meses atrás
    Hoy en el municipio hay carencia de gas licuado entre otras cosas porque se depende de las jaulas de holguín para la transportación, pero el gobierno puede ...

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  • 5 meses atrás
    Se necesita publicación de la gaceta oficial con los precios fijados de todos los portadores energeticos: Eletricidad gas licuado, para las empresas

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  • 5 meses atrás
    Estimada Rosa Maria, conocemos de la situación en calle primera, es un planteamiento que tenemos pendiente a solución luego de adquirir las luminarias ...

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  • 5 meses atrás
    Estimado Ángel, ciertamente se informó del proceso de importación de luminarias para el municipio donde el 4 de abril del 2023 se firmó contrato con ...

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  • 5 meses atrás
    En enero del 2022 el director de la obe en nuestro municipio dió respuesta sobre la adquisición de un lote e luminarias para mejorar el alumbrado público ...

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