Oficina de Registro de Vehículos

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 La Oficina de Registro de Vehículos de Moa se subordina directamente al Departamento Nacional de Registro de Vehículos, de la Dirección Nacional de Tránsito. El Registro de Vehículo es el encargado de Documentar la Propiedad Vehicular en Cuba y es el encargado de identificar y dejar constancia de los hechos o actos relativos a las vehiculos y sus propietarios. 

 

 

foto portada unidad de tramites portal moa 

Oficina de Registro de Vehículos Moa
Avenida "Calixto García", Edificio PNR, Reparto "Caribe", Moa, Holguín.
 
 Cargo Jefe de Unidad
Atención a la Población
   
 Nombre(s) y Apellidos
Marisolis Matos Jiménez-
   
 Fotofoto jefe unidad de tramites PNR portal moaunknow female user
   
Correo Electrónico--
   
 Teléfono Fijo
24 607720-
   
Móvil- -
 
Horario de Atención
Lunes, Martes, Miércoles y Viernes8:00 am a 5:00 pm
 Jueves y Sábado8:00 am a 12:00 m

 

La Oficina de Registro de Vehículos en Moa forma parte de un grupo de oficinas ubicadas en el costado izquierdo del Edificio de la PNR denominada Unidad de Trámites. En ella se pueden realizar los trámites siguientes: 

 

 

TRÁMITES PERSONAS JURÍDICAS:

  • Inscripción Inicial
  • Traspaso de Propiedad
  • Reinscripción
  • Reinspección
  • Cambio de Motor
  • Cambio de Carrocería
  • Cambio de clase
  • Cambio de tipo
  • Cambio de color
  • Cambio de licencia de circulación
  • Duplicado o cambio de licencia de circulación por extravío o deterioro
  • Cambio nombre entidad
  • Cambio de combustible
  • Cambio de tonelaje
  • Certificación de datos registrados
  • Baja del vehículo
  • Cambio de pegatina
  • Cambio de chapa de identificación
  • Grabación de número de motor y/o carrocería
  • Cambio o duplicado de la chapa de identificación por extravío o deterioro

 

TRÁMITES PERSONAS NATURALES:

  • Inscripción Inicial
  • Traspaso de Propiedad
  • Reinscripción
  • Reinspección
  • Cambio de Motor
  • Cambio de Carrocería
  • Cambio de clase
  • Cambio de tipo
  • Cambio de color
  • Cambio de licencia de circulación
  • Duplicado o cambio de licencia de circulación por extravío o deterioro
  • Cambio de combustible
  • Cambio de tonelaje
  • Certificación de datos registrados
  • Baja del vehículo
  • Cambio de pegatina
  • Cambio de chapa de identificación
  • Grabación de número de motor y/o carrocería
  • Cambio o duplicado de la chapa de identificación por extravío o deterioro
 
INFORMACIONES PARA LA REALIZACIÓN DE TRÁMITES EN LA OFICINA DE REGISTRO DE VEHÍCULOS:

 

Usted debe de:

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Poseer documento de identidad permanente en perfecto estado.
  • Poseer Licencia de circulación del vehículo.
  • Presentar el vehículo en buen estado técnico y de limpieza para realizar inspección técnica.
  • Comprobante actualizado del pago del impuesto terrestre del año en curso.
  • Contrato de compraventa en el caso de la inscripción inicial.

 

La LEY 113/2012,reglamentada en el DECRETO No. 308/2012, NORMAS GENERALES DE LOS PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS, del Ministerio de Finanzas y Precios, el pago del impuesto sobre documentos en sellos del timbre será:

  • Moneda nacional (CUP) para las personas naturales y jurídicas cubanas y extranjeras residentes permanentemente en el país.
  • Peso cubano convertible (CUC) para los extranjeros residentes temporales en el país y empresas extranjeras acreditadas.

 

 

Impuesto sobre Documentos en Sellos de Timbre
 
Tipo de Trámites para Persona Natural o Persona Jurídica
Impuesto
Inscripción inicial40.00
Traspaso de Propiedad  60.00
 Reinscripción 10.00
Reinspección5.00
Cambio de motor 10.00
 Cambio de carrocería 20.00
Cambio de clase 10.00
 Cambio de tipo 10.00
Cambio de color10.00
Cambio de licencia de circulación40.00
Duplicado o cambio de licencia de circulación por extravío o deterioro 80.00
Cambio nombre entidad5.00
Cambio de marca20.00
Cambio de combustible20.00
Cambio de tonelaje20.00
Cambio de modelo20.00
Certificación de datos registrados5.00
Baja del vehículo5.00
Cambio de pegatina5.00
Cambio de chapa de identificación40.00
Grabación de número de motor o carrocería20.00
Cambio o duplicado de la chapa de identificación por extravío o deterioro80.00

 

 

DETALLES Y REQUERIMIENTOS PARA LA REALIZACIÓN DE TRÁMITES EN REGISTRO DE VEHÍCULOS:

 

TRÁMITES PARA PERSONAS JURÍDICAS

 

/* Inscripción Inicial */
  • Carné del representante.
  • Contrato de Compraventa o factura de la comercializadora, o solicitud de inscripción a la Policía Nacional Revolucionaria de la Aduana General de la República, del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias o del Ministerio del Interior.
  • Documento del Ministro del Transporte o Ministerio de Economía y Planificación, incluye la ficha de inversión.
  • Certificación de baja en original, en los casos de reposición. Esta certificación tendrá validez dentro de los cinco años anteriores a la inscripción del nuevo vehículo.
  • Las inscripciones iniciales por reposición se realizarán siempre con vehículos de la misma clase y tipo del vehículo que se repone. Para reponer un vehículo de diferente clase tipo, se requerirá la autorización excepcional del Ministerio del Transporte.
  • Documento emitido por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, para la asignación de vehículos a los proyectos de colaboración.
  • Documento del Instituto Nacional de la Reserva Estatal (INRE).
  • En el caso de los vehículos pertenecientes al sector diplomático, se requerirá el documento de autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • En el caso de los vehículos pertenecientes al sector de Prensa Extranjera, se requerirá el documento de autorización del Presidente del Centro de Prensa Internacional.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $45.00 pesos en sellos de timbre, $40.00 por la inscripción inicial (Incluye la licencia de circulación y chapa de identificación) y $5.00 por la pegatina.
  • En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  • En CUP: Entidades jurídicas nacionales.
    Los vehículos pertenecientes al sector diplomático y prensa extranjera, se encuentran exentos de pago.
 

/* Traspaso de Propiedad */
  • Carné del representante.
  • En el caso que sea traspaso entre organismo Carta o Resolución del Ministro, Viceministro, Presidente o Director General del OSDE, que cede.
  • En el caso que sea traspaso entre Empresas, Carta o Resolución del Presidente o Director General del OSDE que cede.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $100.00 Pesos en sellos de timbre, ($60.00 pesos en sellos de timbre por el traspaso y $40.00 pesos en sellos de timbre por la licencia de circulación).
  1. En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  2. En CUP: Entidades jurídicas nacionales.
 

/* Reinscripción */
  • Carné del representante.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de Circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $95.00 Pesos en sellos de timbre, ($40.00 pesos en sellos de timbre por la chapa de identificación, $40.00 pesos en sellos de timbre por la licencia de circulación, $10.00 por la reinscripción,$5.00 por cambio de pegatina).
  • En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  • En CUP: Entidades jurídicas nacionales.
  • Entregar chapas de identificación y licencia de circulación.
  • Anexo No.1 establecido en la Resolución No. 382 de 2013 del Ministerio del Transporte.

 


/* Reinspección */
  • Carné del representante.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de Circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $5.00 Pesos en sellos de timbre, por cambio de pegatina
  • En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  • En CUP: Entidades jurídicas nacionales.

 


/* Cambio de Motor */
  • Carné del representante.
  • Factura de la Agencia Comercializadora o documento del MININT o FAR.
  • Orden de trabajo.
  • Destino final del motor retirado.
  • Dictamen Técnico de la Dirección Provincial de Transporte, en el caso que se requiera, según lo establecido en las normas del Ministerio del Transporte.
  • Certificado de la Empresa de Revisión Técnica Automotor.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $50,00 pesos en sellos de timbre por cambio de motor, $40,00 por la licencia de circulación y $10,00 por el motor.
  1. En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  2. En CUP: Entidades jurídicas nacionales.

 


/* Cambio de Carrocería */
  • Carné del representante.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $60.00 pesos en sellos de timbre, $20.00 por carrocería y $40,00 por la licencia de circulación.
  • En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  • En CUP: Entidades jurídicas nacionales.
  • Factura de la Agencia comercializadora o documento del MININT o FAR.
  • Destino final de la carrocería anterior.
  • Presentar el certificado de la Empresa de Revisión Técnica Automotor.
  • Dictamen Técnico de la Dirección Provincial de Transporte, en el caso que se requiera, según lo establecido en las normas del Ministerio del Transporte.

 


/* Cambio de Clase */
  • Carné del representante.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $50.00 pesos en sellos de timbre. $10. Pesos por la clase y $40,00 por la licencia de circulación.
  • En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  • En CUP: Entidades jurídicas nacionales.
  • Dictamen Técnico de la Dirección Provincial de Transporte, en el caso que se requiera, según lo establecido en las normas del Ministerio del Transporte.

 


/* Cambio de Tipo */
  • Carné del representante.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • Dictamen Técnico de la Dirección Provincial de Transporte, en el caso que se requiera, según lo establecido en las normas del Ministerio del Transporte.
  • Certificado de la Empresa de Revisión Técnica Automotor, en el caso que se requiera, según lo establecido en las normas del Ministerio del Transporte.
  • $60.00 Pesos en sellos de timbre, ($20.00 pesos en sellos de timbre por cambio de tipo y $40.00 pesos en sellos de timbre por la licencia de circulación).
  • En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  • En CUP: Entidades jurídicas nacionales.

 


/* Cambio de Color */
  • Carné del representante.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $50.00 pesos en sellos de timbre. $10. Pesos por el color y $40,00 por la licencia de circulación.
  • En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  • En CUP: Entidades jurídicas nacionales.

 


/* Cambio de Licencia de Circulación */
  • Carné representante.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Chapa de identificación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $ 80.00 Pesos en sellos de timbre.
  • En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  • En CUP: Entidades jurídicas nacionales.

 


/* Duplicado o cambio de licencia de circulacion por extravío o deterioro */
  • Carné del representante.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Chapa de identificación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $ 80.00 Pesos en sellos de timbre.
  • En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  • En CUP: Entidades jurídicas nacionales.

 


/* Cambio nombre entidad */
  • Carné del representante.
  • Carta o Resolución de Patrimonio de la Empresa, (Anexo número 1 de la Resolución 382 del 2013, del Ministerio del Transporte).
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $45 pesos en sellos de timbre, $5,00 por el cambio de la entidad y $ 40.00 pesos por la licencia de circulación.
  • En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  • En CUP: Entidades jurídicas nacionales.

 


/* Cambio de Combustible */
  • Carné del representante.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $60.00 pesos en sellos de timbre. $40. Pesos por la licencia de circulación y $20,00 por el combustible.
  • En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  • En CUP: Entidades jurídicas nacionales.

 


/* Cambio de Tonelaje */
  • Carné del representante.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $60.00 pesos en sellos de timbre, $40.00 por la licencia de circulación, y $20.00 por el tonelaje.
  • a) En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  • b) En CUP: Entidades jurídicas nacionales.
  • Para la determinación del tonelaje del vehículo se requerirá:
  • a) Certificación del tonelaje de la Dirección Provincial de Transporte o;
  • b) Tabla oficial de tonelaje certificada por el Ministerio del Transporte.

 


/* Certificación de Datos Registrados */
  • Carné del representante.
    Carta de solicitud del Director de la Empresa, especificando el motivo de la solicitud.
    $5.00 pesos en sellos de timbre.
  • a) En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  • b) En CUP: Entidades jurídicas nacionales.

 


/* Baja del Vehículo */

En presencia de una Baja Técnica de un vehículo perteneciente a Personas Jurídicas, exigirá:

  • Carné del representante.
  • Documento de aprobación del Ministro, Viceministro, Presidente o Vicepresidente, o Director General del OSDE, donde se reflejará el destino final que se dará al vehículo, según lo establecido en los Capítulos II y III, de laResolución 948/13 del MEP. En el caso del TRANSTUR modelo MTD-2 firmado por los Directores Generales. Al que se le anexará certificación de los datos de sus elementos registrales (motor, serie y/o chasis) con el levantamiento o fotos impresas de los mismos, por parte de la entidad poseedora.
  • Informe de Revisión Técnica Automotor (ERTA), excepto vehículos de Renta de TRANSTUR.
  • Contrato de compraventa de vehículo de uso (ANEXO 1) emitido por la Empresa de Producciones Varias, en lo adelante (PROVARI), para los casos de vehículos de renta y otros servicios de transportación al turismo que a consecuencia de siniestros queden imposibilitados de ser comercializados, en cumplimiento lo dispuesto en Articulo 6, de laResolución 948/13 del MEP.
  • Modelo MTD-4 (que emite Motor Centro) en el caso de los ómnibus, o modelo similar de la Empresa Integral de Servicios Automotores (EISA) o el Grupo Empresarial de Equipo y Soluciones Mecánicas (SOMEC), para el caso de los vehículos de carga.
  • Sello timbrado con un importe 5,00 pesos en CUP o CUC según corresponda.

 

En presencia de una Baja Excepcional de vehículo perteneciente a Personas Jurídicas, exigirá:

  • Carné del representante.
  • Documento de aprobación del Ministro, Viceministro, Presidente o Vicepresidente, o Director General del OSDE,donde se reflejará las causas de la BajaExcepcional, el destino final que se dará al vehículo o parte cuando exista. Se anexará certificación de los datos de sus elementos registrales (motor, serie y/o chasis) con levantamiento o fotos impresas de los mismos, si las condiciones lo permiten, por parte de la entidad poseedora.
  • Documento de aprobación del Jefe del Departamento Nacional de Registro de Vehículos para los casos de La Habana y del Jefe del Órgano Integral de Trámites Provincial y el MEIJ, en el caso del resto de las Provincial.
  • Informe de Revisión Técnica Automotor (ERTA).
  • Sello timbrado con un importe 5,00 pesos en CUP o CUC según corresponda.

Las aprobaciones de baja excepcional se entregaran por las entidades poseedoras a la Jefatura del Órgano Integral de Trámites Provincial de cada territorio, sin pasar por el DNRV, para hacer más expedito el proceso.

 

En presencia de una Baja por solicitud propia de vehículo perteneciente a Personas Jurídicas, exigirá:

  • Carné del representante.
  • Documento de aprobación del Ministro, Viceministro, Presidente o Vicepresidente, o Director General del OSDE, donde se reflejará el destino final que se dará al vehículo, según lo establecido en los Capítulos II de laResolución 948/13 del MEP. En el caso del MINTUR modelo MTD-2 firmado por los Directores Generales. Al que se le anexará certificación de los datos de sus elementos registrales (motor, serie y/o chasis) con levantamiento o fotos impresas de los mismos, por parte de la entidad poseedora.
  • Informe de Revisión Técnica Automotor (ERTA).
  • Sello timbrado con un importe 5,00 pesos en CUP o CUC según corresponda.

 


/* Cambio de Pegatina */
  • Carné del representante.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $45 pesos en sellos de timbre, $40.00 pesos en sellos por la licencia de circulación y $5,00 pesos en sellos por la pegatina.

a) En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.

b) En CUP: Entidades jurídicas nacionales.

Estos requerimientos son válidos para la pegatina de la Reinspección y la pegatina que identifica los vehículos pertenecientes al sector religioso y cooperativas agropecuarias.

 

/* Cambio de Chapa de Identificación */
  • Carné del representante.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $80.00 Pesos en sellos de timbre, $40.00 por la licencia de circulación y $40.00 por la chapa de identificación.

a) En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.

b) En CUP: Entidades jurídicas nacionales.

 

/* Grabación de Número de Motor y/o Carrocería */

Grabación del número de Motor:

  • Carné del representante.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $60.00 pesos en sellos de timbre, $40.00 por la licencia de circulación y $20.00 pesos por la grabación
  1. En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  2. En CUP: Entidades jurídicas nacionales.
  • Certificación del Director de la Empresa en la que se describa el motivo por el cual el vehículo no posee el número de motor.
  • Factura de las agencias comercializadoras en caso de compra sin número.
  • Documento de aprobación de la Comisión de Vehículos adulterados, disponiendo la grabación del número registral del motor.
  • En los casos de vehículos sustraídos y habidos, y que el motor presente adulteración o no posea el número registral, se presentará Acta de entrega por el Órgano de Instrucción Penal o la Policía Nacional Revolucionaria, describiendo las condiciones en que se entrega el vehículo o la parte registral recuperada.
  • En los casos de pérdida de chapilla, que el número registral este inaccesible o ilegible se realizará colegio entre los inspectores reflejando los resultados en el Acta de Colegio.

 

Grabación de número de Carrocería:

  • Carné del representante.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $60.00 pesos en sellos de timbre, $40.00 por la licencia de circulación y $20.00 pesos por la grabación.

a) En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.

b) En CUP: Entidades jurídicas nacionales.

  • Certificación del Director de la Empresa en la que se describa el motivo por el cual el vehículo no posee el número de carrocería.
  • Factura de las agencias comercializadoras en caso de compra sin número.
  • Documento de aprobación de la Comisión de Vehículos adulterados, disponiendo la grabación del número registral de la carrocería.
  • En los casos de vehículos sustraídos y habidos, y que la carrocería presente adulteración o no posea el número registral, se presentará Acta de entrega por el Órgano de Instrucción Penal o la Policía Nacional Revolucionaria, describiendo las condiciones en que se entrega el vehículo o la parte registral recuperada.
  • En los casos de solicitud de permiso de chapistería, pérdida de chapilla, que el número registral este inaccesible o ilegible se realizará colegio entre los inspectores reflejando los resultados en el Acta de Colegio.

 

/* Cambio o duplicado de de la chapa de identificación por extravío o deterioro */
  • Carné del representante.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de Circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $120.00 Pesos en sellos de timbre, ($80.00 pesos en sellos de timbre por la chapa de identificación y $40.00 pesos en sellos de timbre por la licencia de circulación).
  1. En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  2. En CUP: Entidades jurídicas nacionales y personas naturales nacionales.

 

 

TRÁMITES PARA PERSONAS NATURALES

 

/* Inscripción Inicial */
  • Carné de identidad o pasaporte.
  • Contrato de compraventa o factura de la comercializadora, documento del MININT o FAR, o documento de inscripción a la PNR Aduana General de la República.
  • En caso de no ser el propietario debe de presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • En caso de propietario fallecido presentar, contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $45.00 Pesos en sellos de timbre, ($40.00 pesos en sellos de inscripción inicial y $5.00 pesos en sellos de timbre por la pegatina).
  • En CUC: Personas naturales extranjeras.
  • En CUP: Personas naturales nacionales.
 

/* Traspaso de Propiedad */
  • Carné de identidad o pasaporte.
  • Documentos que avalen la vía de adquisición del vehículo.
  • Escritura Pública Contrato de Compraventa o Donación de vehículo de motor.
  • Escritura Pública de transmisión de herencia.
  • Escritura Pública de Liquidación de la comunidad matrimonial de bienes.
  • Sentencia firme del Tribunal Popular competente.
  • Escritura Pública de Sesión de derechos hereditarios.
  • Escritura Pública de Entrega de legado.
  • Resolución del Ministro del Transporte.
  • En caso de no ser el propietario debe de presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Comprobante del pago de los Impuestos Sobre el Transporte Terrestre actualizado y de Transmisión de Bienes y Herencias.
  • Modelo de declaración jurada de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT).
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $100.00 Pesos en sellos de timbre, ($60.00 pesos en sellos de timbre por el traspaso y $40.00 pesos en sellos de timbre por la licencia de circulación).
  • a) En CUC: Entidades jurídicas extranjeras y personas jurídicas extranjeras, Empresas Mixtas y Proyectos de Colaboración.
  • b) En CUP: Entidades jurídicas nacionales.
 

/* Reinscripción */
  • Carné de identidad o pasaporte.
  • En caso de no ser el propietario debe de presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • En caso de propietario fallecido presentar, contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
  • En caso de que el propietario se encuentre fuera del territorio nacional en misión oficial de trabajo, presentar documento oficial emitido por la dirección del Organismo al cual pertenece o representa el poseedor legal, que especifique los datos de identificación de la persona autorizada a realizar el trámite.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $95.00 Pesos en sellos de timbre, ($40.00 pesos en sellos de timbre por la chapa de identificación, $40.00 pesos en sellos de timbre por la licencia de circulación, $10.00 por la reinscripción,$5.00 por cambio de pegatina).
  • En CUP: Personas naturales nacionales.
  • Entregar chapas de identificación y licencia de circulación.

 


/* Reinspección */
  • Carné de identidad o pasaporte.
  • En caso de no ser el propietario debe de presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • En caso de propietario fallecido presentar, contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
  • En caso de que el propietario se encuentre fuera del territorio nacional en misión oficial de trabajo, presentar documento oficial emitido por la dirección del Organismo al cual pertenece o representa el poseedor legal, que especifique los datos de identificación de la persona autorizada a realizar el trámite.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Entregar licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $5.00 Pesos en sellos de timbre, por cambio de pegatina
  • En CUP: Personas naturales nacionales.

 


/* Cambio de Motor */
  • Carné de identidad o pasaporte.
  • En caso de no ser el propietario debe de presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • En caso de propietario fallecido presentar, contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Factura de la Agencia Comercializadora o acta de conformidad de la compra venta entre personas naturales.
  • Orden de trabajo.
  • Dictamen Técnico de la Dirección Provincial de Transporte, en el caso que se requiera, según lo establecido en las normas del Ministerio del Transporte.
  • Certificado de la Empresa de Revisión Técnica Automotor.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $50,00 pesos en sellos de timbre por cambio de motor, $40,00 por la licencia de circulación y $10,00 por el motor.
  • a) En CUP: Personas naturales nacionales.

 


/* Cambio de Carrocería */
  • Carné de identidad o pasaporte.
  • En caso de no ser el propietario debe de presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • En caso de propietario fallecido presentar, contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $60.00 pesos en sellos de timbre, $20.00 por carrocería y $40,00 por la licencia de circulación.
  • En CUP: Personas naturales nacionales.
  • Factura de la Agencia comercializadora o documento del MININT o FAR.
  • Destino final de la carrocería anterior.
  • Acta de conformidad entre personas naturales por compraventa o donación de carrocería, solo en los casos en que el motor del vehículo haya sido decomisado.
  • Presentar el certificado de la Empresa de Revisión Técnica Automotor.

 


/* Cambio de Clase */
  • Carné de identidad o pasaporte.
  • En caso de no ser el propietario debe de presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • En caso de propietario fallecido presentar, contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Dictamen Técnico de la Dirección Provincial de Transporte, en el caso que se requiera, según lo establecido en las normas del Ministerio del Transporte.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $50.00 pesos en sellos de timbre. $10. Pesos por la clase y $40,00 por la licencia de circulación.
  • En CUP: Personas naturales nacionales.

 


/* Cambio de Tipo */
  • Carné de identidad o pasaporte.
  • En caso de no ser el propietario debe de presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • En caso de propietario fallecido presentar, contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • Dictamen Técnico de la Dirección Provincial de Transporte, en el caso que se requiera, según lo establecido en las normas del Ministerio del Transporte.
  • Certificado de la Empresa de Revisión Técnica Automotor, en el caso que se requiera, según lo establecido en las normas del Ministerio del Transporte.
  • $60.00 Pesos en sellos de timbre, ($20.00 pesos en sellos de timbre por cambio de tipo y $40.00 pesos en sellos de timbre por la licencia de circulación).
  • En CUP: Personas naturales nacionales.

 


/* Cambio de Color */
  • Carné de identidad o pasaporte.
  • En caso de no ser el propietario debe de presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • En caso de propietario fallecido presentar, contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
  • En caso de que el propietario se encuentre fuera del territorio nacional en misión oficial de trabajo, presentar documento oficial emitido por la dirección del Organismo al cual pertenece o representa el poseedor legal, que especifique los datos de identificación de la persona autorizada a realizar el trámite.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $50.00 pesos en sellos de timbre. $10. Pesos por el color y $40,00 por la licencia de circulación.
  • En CUP: Personas naturales nacionales.

 


/* Cambio de Licencia de Circulación */
  • Carné de identidad o pasaporte.
  • En caso de no ser el propietario debe presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • Contrato de Servicio jurídico o Trámite Notarial de Declaratoria de Heredero en caso de fallecimiento del propietario.
  • En caso de que el propietario se encuentre fuera del territorio nacional en misión oficial de trabajo, presentar documento oficial emitido por la dirección del Organismo al cual pertenece o representa el poseedor legal, que especifique los datos de identificación de la persona autorizada a realizar el trámite.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Chapa de identificación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $ 80.00 Pesos en sellos de timbre.
  • a) En CUP: Personas naturales nacionales.

 


/* Duplicado o cambio de licencia de circulacion por extravío o deterioro */

 

  • Carné de identidad o pasaporte.
  • En caso de no ser el propietario debe presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • Contrato de Servicio jurídico o Trámite Notarial de Declaratoria de Heredero en caso de fallecimiento del propietario.
  • En caso de que el propietario se encuentre fuera del territorio nacional en misión oficial de trabajo, presentar documento oficial emitido por la dirección del Organismo al cual pertenece o representa el poseedor legal, que especifique los datos de identificación de la persona autorizada a realizar el trámite.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Chapa de identificación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $ 80.00 Pesos en sellos de timbre.
  • En CUP: Personas naturales nacionales.

 


/* Cambio de Combustible */
  • Carné de identidad o pasaporte.
  • En caso de no ser el propietario debe de presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • En caso de propietario fallecido presentar, contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $60.00 pesos en sellos de timbre. $40. Pesos por la licencia de circulación y $20,00 por el combustible.
  • En CUP: Personas naturales nacionales.

 


/* Cambio de Tonelaje */
  • Carné de identidad o pasaporte.
  • En caso de no ser el propietario debe de presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • En caso de propietario fallecido presentar, contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $60.00 pesos en sellos de timbre, $40.00 por la licencia de circulación, y $20.00 por el tonelaje.
  • a) En CUP: Personas naturales nacionales.
  • Para la determinación del tonelaje del vehículo se requerirá:
  1. a) Certificación del tonelaje de la Dirección Provincial de Transporte o;
  2. b) Tabla oficial de tonelaje certificada por el Ministerio del Transporte.

 


/* Certificación de Datos Registrados */
  • Carné de identidad o pasaporte.
  • En caso de no ser el propietario debe de presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • En caso de propietario fallecido presentar, contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Solicitud por escrito especificando el motivo de la solicitud.
  • $5.00 pesos en sellos de timbre.
  • En CUP: Personas naturales nacionales.

 


/* Baja del Vehículo */

En presencia de una Baja por solicitud propia de vehículo perteneciente a Personas Naturales, se exigirá:

 

  • Carné de identidad o pasaporte del propietario, poseedor o representante legal.
  • Escritura Pública de Poder Especial en caso de los representantes o apoderados.
  • Documento de solicitud de baja y declaración jurada donde se reflejará el destino final que se dará al vehículo, al que se le anexará los datos de sus elementos registrales (motor, serie y/o chasis) con levantamiento o fotos impresas de los mismos, por parte del propietario o poseedor legal.
  • Sello timbrado con un importe 5,00 pesos en CUP o CUC según corresponda.

 

En presencia de una Baja Técnica de vehículo perteneciente a Personas Naturales, se exigirá:

  • Carné de identidad o pasaporte del propietario, poseedor o representante legal.
  • Escritura Pública de Poder Especial en caso de los representantes o apoderados.
  • Documento de solicitud de baja técnica, donde declara el destino final que se dará al vehículo, anexará los datos de sus elementos registrales (motor, serie y/o chasis) con levantamiento o fotos impresas de los mismos, por parte del propietario o poseedor legal.
  • Documento y/o póliza de la Empresa de Seguro Estatal Nacional (ESEN), para el caso de los asegurados, donde se reflejará el destino final que se dará al vehículo, se anexará certificación de los elementos registrales (motor, serie y/o chasis) con levantamientos o fotos impresas de los mismos, por parte de la ESEN.
  • Sello timbrado con un importe 5,00 pesos en CUP o CUC según corresponda.

 


/* Cambio de Pegatina */
  • Carné de identidad o pasaporte.
  • En caso de no ser el propietario debe de presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • En caso de propietario fallecido presentar, contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
  • En caso de que el propietario se encuentre fuera del territorio nacional en misión oficial de trabajo, presentar documento oficial emitido por la dirección del Organismo al cual pertenece o representa el poseedor legal, que especifique los datos de identificación de la persona autorizada a realizar el trámite.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $45 pesos en sellos de timbre, $40.00 pesos en sellos por la licencia de circulación y $5,00 pesos en sellos por la pegatina.
  • a) En CUP: Personas naturales nacionales.

 

/* Cambio de Chapa de Identificación */
  • Carné de identidad o pasaporte.
  • En caso de no ser el propietario debe de presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • En caso de propietario fallecido presentar, contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
  • En caso de que el propietario se encuentre fuera del territorio nacional en misión oficial de trabajo, presentar documento oficial emitido por la dirección del Organismo al cual pertenece o representa el poseedor legal, que especifique los datos de identificación de la persona autorizada a realizar el trámite.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $80.00 Pesos en sellos de timbre, $40.00 por la licencia de circulación y $40.00 por la chapa de identificación.
  • En CUP: Personas naturales nacionales.

 

/* Grabación de Número de Motor y/o Carrocería */

Grabación del número de Motor:

  • Carné de identidad o pasaporte.
  • En caso de no ser el propietario debe de presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • En caso de propietario fallecido presentar, contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $60.00 pesos en sellos de timbre, $40.00 por la licencia de circulación y $20.00 pesos por la grabación.
  • En CUP: Personas naturales nacionales.
  • Modelo de Inspección Técnica.
  • Factura de las agencias comercializadoras en caso de compra sin número.
  • Documento de aprobación de la Comisión de Vehículos adulterados, disponiendo la grabación del número registral del motor.
  • En los casos de vehículos sustraídos y habidos, y que el motor presente adulteración o no posea el número registral, se presentará Acta de entrega por el Órgano de Instrucción Penal o la Policía Nacional Revolucionaria, describiendo las condiciones en que se entrega el vehículo o la parte registral recuperada.
  • En los casos de pérdida de chapilla, que el número registral este inaccesible o ilegible se realizará colegio entre los inspectores reflejando los resultados en el Acta de Colegio.

 

Grabación de número de Carrocería:

  • Carné de identidad o pasaporte.
  • En caso de no ser el propietario debe de presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • En caso de propietario fallecido presentar, contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $60.00 pesos en sellos de timbre, $40.00 por la licencia de circulación y $20.00 pesos por la grabación.
  • a) En CUP: Personas naturales nacionales.
  • Modelo de Inspección Técnica.
  • Factura de las agencias comercializadoras en caso de compra sin número.
  • Documento de aprobación de la Comisión de Vehículos adulterados, disponiendo la grabación del número registral de la carrocería.
  • En los casos de vehículos sustraídos y habidos, y que la carrocería presente adulteración o no posea el número registral, se presentará Acta de entrega por el Órgano de Instrucción Penal o la Policía Nacional Revolucionaria, describiendo las condiciones en que se entrega el vehículo o la parte registral recuperada.
  • En los casos de solicitud de permiso de chapistería, pérdida de chapilla, que el número registral este inaccesible o ilegible se realizará colegio entre los inspectores reflejando los resultados en el Acta de Colegio.

 

 

/* Cambio o duplicado de de la chapa de identificación por extravío o deterioro */
  • Carné de identidad o pasaporte.
  • En caso de no ser el propietario debe de presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  • En caso de propietario fallecido presentar, contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
  • En caso de que el propietario se encuentre fuera del territorio nacional en misión oficial de trabajo, presentar documento oficial emitido por la dirección del Organismo al cual pertenece o representa el poseedor legal, que especifique los datos de identificación de la persona autorizada a realizar el trámite.
  • En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado se requiere la Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  • Comprobante del pago del Impuesto Sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  • Licencia de Circulación del vehículo.
  • Vehículo para ser inspeccionado.
  • $120.00 Pesos en sellos de timbre, ($80.00 pesos en sellos de timbre por la chapa de identificación y $40.00 pesos en sellos de timbre por la licencia de circulación).
  • En CUP: personas naturales nacionales.

 

 

NOTA: Los poseedores legales de vehículos de motor, remolques y semirremolques quedan obligados a comunicar al Registro, dentro de los treinta días siguientes de haberse realizado:

  • La transmisión de propiedad.
  • Cambio de motor y combustible.
  • Cambio de carrocería, o cuadro para el caso de las motocicletas y sus similares.
  • Cambio de colores.
  • Pérdidas o deterioros de las chapas de identificación y de las licencias de circulación del vehículo.
  • Conversiones realizadas al vehículo.
  • Baja de vehículos.
  • Inscripción Inicial o Altas.
  • Cambios de domicilio, cuando implique cambio de provincia.
  • Cambio de marca y modelo.

 

 

Si desea conseguir más información sobre este u otros trámites puede visitar el sitio web nacional del MININT a través del siguiente enlace:  Sitio Web Nacional del MININT

 

 

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